“El artículo
104 del Código Penal iraní describe que la pena con la que se
castigará el “delito” del adulterio será la lapidación.
Para ello se usarán piedras “no tan grandes como para matar a la
persona de uno o dos golpes, ni tan pequeñas como
para no poder considerarlas piedras”.
En el artículo 102 se detalla que para
ejecutar este castigo, en el caso de un hombre, se le
enterrará en el suelo hasta la cintura,
y en el caso de las mujeres, hasta el pecho”.
Amnistía Internacional te invita
a firmar contra esta aberración. EN
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